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CONGRESO ABRE LA PUERTA PARA MATRIMONIO GAY EN BC

· La iniciativa explica que la actual Constitución local viola los derechos humanos y lo que dicta la Carta Magna.\r\n· Es respaldada y promovida en conjunto por los legisladores del PRI, PT y PVEM.\r\n\r\nMexicali, B.C.- Este jueves, en sesión ordinaria de la XXI Legislatura del Congreso del Estado de Baja California, la diputada Miriam Ayón Castro, en representación de los diputados integrantes de los Grupos Parlamentarios del Partido Revolucionario Institucional (PRI), del Partido del Trabajo (PT), y el Partido Verde Ecologista de México (PVEM), presentó a la consideración del pleno una Iniciativa de Reforma al párrafo segundo del artículo séptimo de la Constitución local para adecuar el concepto de matrimonio a los criterios sostenidos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación y por el artículo Cuarto de la Constitución Federal.\r\n\r\n”En todo el mundo los modelos de convivencia social están atravesando grandes transformaciones, debido a una combinación de diversos factores que han redefinido las relaciones entre los géneros, a partir de los grandes logros obtenidos para reconocer los derechos civiles y sociales de las mujeres, cambios en la cultura sexual, el ascenso del empleo en mujeres, entre otros factores”, aseguró en su introducción de la iniciativa la diputada Ayón Castro.\r\n\r\nExplicó que, derivado de la reforma Constitucional en materia de derechos humanos, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 10 de junio del año 2011, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos ha cambiado la forma de concebir, interpretar y aplicar los derechos fundamentales. “Y sin lugar a dudas los derechos de las ciudadanas y ciudadanos que eligen a parejas del mismo sexo son innegablemente los más vulnerados actualmente por los prejuicios respecto de la diversidad sexual”, aseguró la legisladora.\r\n\r\nLa propuesta de reforma promovida por las tres fuerzas políticas, hace notar que la actual Constitución Política del Estado de Baja California establece que el matrimonio se satisface únicamente, mediante la unión de un hombre con una mujer. Esta disposición normativa constituye una severa discriminación a las personas, toda vez que el Comité de Derechos Humanos del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos ha definido la discriminación como: “toda distinción, exclusión, restricción o preferencia que se basen en determinados motivos, como la raza, el color, el sexo, el idioma, la religión, la opinión política o de otra índole, el origen nacional o social, la propiedad, el nacimiento o cualquier otra condición social y que tengan por objeto o por resultado anular o menoscabar el reconocimiento, goce o ejercicio, en condiciones de igualdad, de los derechos humanos y libertades fundamentales de todas las personas”.\r\n\r\nAl respecto, Ayón Castro explicó que el 25 de junio del año pasado, la Suprema Corte de Justicia de la Nación concedió el Amparo en Revisión, estableciendo que el texto del artículo séptimo de la Constitución local es contrario al orden constitucional toda vez que “…esa porción normativa debe declararse inconstitucional, en tanto que conlleva un acto de verdadera discriminación que no puede ser tolerado en un estado de derecho como el nuestro, el cual no sólo debe estar abierto a la pluralidad, sino que además, debe estar comprometido con el respeto absoluto de los derechos humanos.”\r\n\r\nAsí, la resolución del Amparo 122/2014, señaló como inconstitucionales e inconvencionales las porciones normativas del artículo 7 de la Constitución Política del Estrado Libre y Soberado del Estado de Baja California, así como las porciones normativas de los numerales 143 y 144 del Código Civil para el Estado de Baja California, estableciendo que tales porciones normativas no podrán aplicarse en el presente ni en el futuro.\r\n\r\n”Es nuestro deber como legisladores, atender la resolución del máximo tribunal y realizar la modificación constitucional necesaria para adecuar nuestro marco constitucional a la sentencia dictada. Los diputados que suscribimos la presente iniciativa, estamos convencidos que no podemos consentir que siga existiendo una norma que por su redacción es francamente discriminatoria y contraria al artículo primero constitucional, así como a las obligaciones internacionales contraídas por el Estado Mexicano en cuanto a no discriminar por motivo de preferencia sexual”, añadió la joven legisladora integrante de la Comisión de Gobernación, Legislación y Puntos Constitucionales.\r\n\r\nLa iniciativa presentada en el pleno pretende eliminar el texto que la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha declarado inconstitucional; y adecuar el marco normativo para crear un concepto de matrimonio acorde a la Constitución Federal, y propone la siguiente redacción al párrafo segundo del artículo séptimo:\r\n\r\nEl Estado reconoce el matrimonio como la institución a través de la cual se pueden realizar los fines esenciales de la familia, brindándose ayuda y socorro mutuo, ejerciendo los contrayentes el derecho al libre desarrollo de la personalidad y logrando como familia el acceso a la protección del Estado, en términos de lo dispuesto por el artículo 4° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.\r\n\r\nLa iniciativa fue turnada a la Comisión de Gobernación, Legislación y Puntos Constitucionales para su análisis.\r\n

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