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POSPONEN ENTRADA EN VIGOR DE LA LEY DEL SISTEMA INTEGRAL DE JUSTICIA. TECATE HASTA EL 2016

Mexicali, B.C.- El Congreso del Estado aprobó una Iniciativa del Ejecutivo Estatal a fin de que se prorrogue la entrada en vigor de la Ley del Sistema Integral de Justicia para Adolescentes, hasta 2014 para Mexicali, 2015 para Ensenada y 2016 para Tijuana, Tecate y Rosarito.\r\nLo anterior fue dictaminado por la Junta de Coordinación Política, acuerdo al que dio lectura el Diputado Alfonso Garzón y fue secundado de forma mayoritaria por el Pleno del Congreso local, en base a una Iniciativa enviada por el Gobernador del Estado, en la cual se argumentó que en la referida Ley, se establece un sistema sucesivo para su entrada en vigor, esto es, de vigencia progresiva, en relación con los distintos municipios que conforman el Estado.\r\nEn el texto vigente se prevé su entrada en vigor a las cero horas del primer día del mes de octubre del año 2012, para el municipio de Mexicali, y para el año 2013, durante el mes de mayo, en el Municipio de Ensenada, así como en el año 2014, en el referido mes, para los restantes municipios del Estado.\r\nSin embargo, los diversos operadores jurídicos que tendrán a su cargo la implementación de dicho sistema, como ocurre en el ámbito del Poder Ejecutivo, con la Procuraduría General de Justicia del Estado y la Defensoría Pública, han externado su preocupación ante la inminente entrada en vigor de dicha Ley, cuyo arranque en lo que respecta a Mexicali, se debía dar a partir del mes de octubre del presente año, lo que resulta imposible por falta de recursos para su operación.\r\nEn la Iniciativa de señala, entre otros, que en la Procuraduría General de Justicia del Estado, no se cuenta con la capacidad operativa ni el personal especializado para cumplir con los requisitos que se necesitan para operar dicho sistema y en iguales términos se ubica a la Defensoría Pública Estatal, quien deberá necesariamente acrecentar su personal, además de capacitarlo para brindar a los adolescentes justiciables, una adecuada defensa a sus intereses.\r\nComo consecuencia de lo anterior, se reformó el artículo primero transitorio y se adicionó un artículo octavo a la Ley del sistema Integral de Justicia para Adolescentes, con lo que se recorrerán las fechas de inicio, en los y términos descritos arriba y además se deberá instalar una Comisión Interinstitucional de Justicia para Adolescentes.\r\n\r\n \r\n\r\nEsta última estará integrada por el Secretario General de Gobierno o quién este designe, el Diputado Presidente de la Comisión de Justicia del Congreso del Estado, un Magistrado del Poder Judicial, un representante de la Procuraduría General de Justicia del Estado, un representante de la Defensoría Pública y un representante de la Secretaría de Seguridad Pública del Estado, preferentemente especializados en justicia para adolescentes en los casos que corresponda, a fin de llevar a cabo la planeación, programación, proyección, evaluación y seguimiento de las acciones necesarias para la implementación del sistema integral de justicia para adolescentes.

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