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DECLARAN EXISTENTE HUELGA DE TECATE

Tecate, B.C.- El Tribunal de Arbitraje del Estado, en sesión celebrada este domingo y por mayoría, declaró existente de manera legal la huelga que el Sindicato de Burocratas de Tecate promovió en contra del Ayuntamiento y cuyo estallamiento se dio desde las 8 de la mañana del pasado 13 de noviembre del presente año.

Luego del reconteo llevado a cabo a través de la Junta de Conciliación el jueves, donde 431 empleados votaron a favor de la huelga y 2 en contra, fue este otro de los probatorios para que el Tribunal decidiera hacer la declaración, por la demanda interpuesta por violaciones al contrato colectivo de trabajo por el Ayuntamiento de Tecate que dirige y representa en este caso la Alcaldesa Nereida Fuentes González.

El anuncio lo da a conocer públicamente el Sindicato de Burocratas como un triunfo, ya que asumen que con la declaratoria se da un paso a su favor para que ganen la demanda que presentaron desde inicios de noviembre y en la que buscan además que se repeten sus peticiones de aumentos y prestaciones como logros sindicales.

El Ayuntamiento hizo la propuesta tras realizar un dictamen en el que se dio el resultado de inviable financiera y laboralmente, donde se ofreció solo un aumento del 2 por ciento directo al salario y un plan de cumplimiento para otros rubros, entre ellos la jubilación de 39 empleados paulatinamente, iniciando con 13 de ellos, cosa que vino rechazando el sindicato pues su petición es del 6-6-5 de aumento.

Con ello la huelga podría prolongarse meses o años en lo que se interponen apelaciones y aportación de pruebas, bajo esta siguiente etapa:

Si la huelga se considerará legalmente existente, su conclusión sólo podría darse por acuerdo entre las partes, allanamiento del patrón a las peticiones o laudo arbitral a cargo de quien elijan las partes o de la Junta en mención, si los
trabajadores sometieron a ella la decisión, fallo que resolvería en definitiva sobre la justificación o justificación de la suspensión de labores.
– Ahora bien en caso de que la huelga fuese declarada existente, el Ayuntamiento interpondría un incidente de inimputabilidad de la huelga, esto debido a que el patrón (Ayuntamiento), no es que no haya querido cumplir, sino que se vio impedido para hacerlo en virtud de la falta de viabilidad financiera existente, así como también se harían ver todas las irregularidades que existieron en la diligencia propia del estallamiento de la huelga.
– En caso de no resultar procedente el incidente antes mencionado, se dará inicio (esto por parte del sindicato que es quien tiene que accionar), al procedimiento ordinario el cual consta de diferentes etapas tales como demanda, contestación de demanda, ofrecimiento de pruebas, admisión de pruebas, desahogo de pruebas, y citación para laudo.
De lo anterior no se puede especificar tiempo de duración, ya que como se ha
apreciado la primera etapa, debido al desahogo de pruebas se ha llevado más de cuarenta y cinco días, (y se supone que es una etapa sumaria (breve), pero debido a los
trámites administrativos que se realizan para la preparación y desahogo de pruebas, ha transcurrido tiempo en demasía, lo que se traduce que de llegar al procedimiento ordinario, se podría hablar desde meses hasta años para su conclusión.

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