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SE PROPONE REFORMAR LEY PARA REFORZAR APOYO A PERSONAS EN ESTADO DE VULNERABILIDAD

Mexicali, B. C.- La diputada Alfa Peñaloza Valdez presentó una iniciativa de reforma a la Ley para Prevenir y Erradicar la Discriminación en el Estado, con la finalidad de incluir a toda aquella persona que se encuentre en estado de vulnerabilidad temporal o permanente.

La propuesta fue presentada a través de Oficialía de Partes del Congreso local y se refiere a adicionar el artículo 6 y reformar la fracción VI del artículo 7 de la citada Ley, a fin de que no se considere como conducta discriminatoria el trato diferenciado que en su beneficio reciban mediante una atención preferente y adecuada las personas con cualquier tipo de discapacidad o movilidad limitada.

La diputada Peñaloza Valdez, quien preside la Comisión de Grupos Vulnerables, Familia, Derechos de las Personas de la Tercera Edad, Niñez y Discapacidad, de la XXI Legislatura, argumentó que el derecho a la igualdad y a la no discriminación es una garantía esencial desde la Declaración Universal de los Derechos Humanos.

Agregó que la mención reiterada a este derecho, se debe a que se percibe como la base de los principios fundamentales del Derecho Internacional de los Derechos Humanos y condición indispensable para el reconocimiento de la dignidad humana y de la plena realización de las personas a través de sus prerrogativas inalienables.

Destacó que en Baja California se ha avanzado al promulgar la Ley para Prevenir y Erradicar la Discriminación, cuyo objeto es “Promover y garantizar el derecho a la igualdad y prevenir todas las formas de discriminación que se ejerzan contra cualquier persona, agrupaciones o colectivos, en los términos de la legislación federal y la legislación local, así como promover la igualdad con equidad de oportunidades y de trato”.

La diputada de extracción panista dijo que sin embargo, en ese sentido es necesario seguir avanzando con dirección a obtener una integración efectiva de los sectores vulnerables, con la finalidad de que estos reciban un trato adecuado, por lo que su propuesta trata de reforzar, la figura de trato diferenciado dentro de la mencionada Ley para que de esta manera, se otorgue certeza jurídica a los sectores vulnerables, al contemplar la consideración particular que requieren las personas en desventaja para disfrutar en condiciones de igualdad el ejercicio de sus derechos.

Precisó que para dar más claridad a la propuesta transcribo el contenido actual del artículo 6, en la cual se propone sustituir el concepto de “capacidades diferentes” por el de “alguna discapacidad”, además se enuncia el artículo 7, en su redacción actual de la Ley para Prevenir y Erradicar la Discriminación.

El artículo seis se refiere a los casos en que se considera que existe discriminación y la propuesta es agregar: “Se considera Trato diferenciado la forma de considerar a las personas con discapacidad o movilidad limitada, adultos mayores, mujeres en periodo de gestación y en general toda persona que se encuentren en un estado de vulnerabilidad temporal o permanente, mediante una atención preferente y adecuada”.

La iniciativa fue turnada para su análisis a la Comisión de Gobernación, Legislación y Puntos Constitucionales, con opinión de la Comisión de Grupos Vulnerables, Familia, Derechos de las Personas de la Tercera Edad, Niñez y Discapacidad.

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