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REFORMA CONGRESO LOCAL LA LEY DE HACIENDA MUNICIPAL

Mexicali. B. C.- El pleno del Congreso local aprobó reformas a diversos artículos de la Ley de Hacienda Municipal con el propósito de armonizarla con la Ley General de Contabilidad Gubernamental.\r\n\r\nCon el dictamen número 232 de la Comisión de Hacienda y Presupuesto de la XXI Legislatura, que preside la diputada Rosalba López Regalado, quien a su vez fue la inicialista de esta reforma, se aprobó por unanimidad la serie de reformas\r\n\r\nLa congresista explicó en tribuna que la Ley General de Contabilidad Gubernamental se torna de observancia obligatoria para los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Federación, Entidades Federativas, Ayuntamientos Municipales, Órganos Político-Administrativos de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal, Entidades de la Administración Pública Paraestatal, ya sean Federales, Estatales o Municipales y los Órganos Autónomos Federales y Estatales.\r\n\r\nExpuso que para ello, el órgano de coordinación para la armonización de la contabilidad gubernamental es el Consejo Nacional de Armonización Contable (CONAC), el cual tiene por objeto la emisión de las normas contables y lineamientos para la generación de información financiera que aplicarán los entes públicos, previamente.\r\n\r\nPor eso –precisó- con la presente iniciativa de reforma se pretende la incorporación de los Artículos 11 TER, 11 QUÁTER, 11 QUINQUIES, 11 SEXIES, a efecto de definir los ingresos por venta de bienes y servicios; participaciones y aportaciones; transferencias, asignaciones, subsidios y otras ayudas; e ingresos derivados de financiamientos, todo ello, de conformidad con lo estipulado por el CONAC a través del Clasificador por Rubro de Ingresos.\r\n\r\nSin embargo –señaló- la legislación municipal hacendaria actualmente se encuentra rebasada por las nuevas disposiciones implementadas por el CONAC, “toda vez, que nuestra Ley de Hacienda Municipal del Estado de Baja California, establece que aquellos ingresos que sean enterados en ejercicios fiscales posteriores a aquel en que fueron originados, recibirán el nombre de rezagos y quedarán comprendidos como aprovechamientos. Normatividad contraria al sistema implementado por el CONAC”.\r\n\r\nEs por lo anterior que se considera necesaria la reforma a la Ley de Hacienda Municipal, objeto de la presente reforma, a fin de que el contenido de la misma sea acorde al Clasificador por Rubro de Ingresos que emitió el CONAC, concluyó la diputada López Regalado.

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